COMISIÓN DE POSGRADOS

Miembros de comisión:
Dr. Daniel Chavarría Bolaños, Coordinador
Dra. Tatiana Vargas Koudriavtsev
Dr. David Lafuente Marín
Dr. Juan Carlos Ramírez Barrantes
Dr. Adrián Gómez Fernández

Funciones:

ARTÍCULO 18. Comisiones y subcomisiones de programa de posgrado
La comisión del programa de posgrado es el órgano que define los lineamientos académicos, la organización y la reglamentación interna, además de garantizar la buena marcha del programa.
Cada comisión elaborará un reglamento específico del programa, de conformidad con la normativa universitaria correspondiente. Este reglamento debe ser autorizado por el Consejo del SEP antes de su remisión a la Rectoría para su aprobación y publicación.
En el caso de aquellos programas de posgrado que requieran establecer subcomisiones que estén a cargo de una de las modalidades de estudio ofrecidas, la comisión deberá definir las funciones y la organización de dichas subcomisiones en el reglamento específico del programa.

ARTÍCULO 20. Funciones de la comisión del programa
Son funciones de la comisión del programa las siguientes:
d) Reunirse, ordinariamente, al menos tres veces en cada ciclo lectivo, o cuando lo soliciten el director o la directora del programa, o al menos 20 por ciento de sus miembros, o bien, el decano o la decana del SEP.
e) Discutir y aprobar el plan anual de trabajo y el informe anual de labores del programa.
f) Planificar las actividades de cada periodo académico (cursos, horarios, actividades académicas, entre otras).
g) Nombrar, de entre sus miembros, las subcomisiones o los comités que estén establecidos en este Reglamento o en su reglamento específico.
h) Aprobar los programas de los cursos, previo a su ratificación por parte del decanato del SEP.
i) Aprobar la designación del cuerpo docente del programa para cada ciclo lectivo y sus distintas modalidades de contratación, y remitirla para su ratificación por parte del decanato del SEP.
j) Aprobar la apertura anual de ingreso o las promociones de los planes de estudio que ofrezca el programa, así como los requisitos y criterios de admisión de estudiantes a cada uno de ellos.
k) Decidir, motivadamente, la aceptación o rechazo de cada solicitante al programa y comunicarlo al decanato del SEP, de conformidad con el estudio de las solicitudes de admisión presentadas.
l) Establecer los lineamientos y las normas de evaluación de la etapa de nivelación, en caso de que el programa la tenga.
m) Aprobar los proyectos de trabajos finales de graduación y los respectivos comités asesores.
n) Resolver las solicitudes de permiso de interrupción temporal de estudios que soliciten sus estudiantes, según la normativa universitaria.
ñ) Solicitar al decano o la decana del SEP la separación de estudiantes que no han cumplido satisfactoriamente con los requerimientos académicos del programa.
o) Nombrar representantes del programa ante las instancias que establezca la normativa universitaria.
p) Cumplir aquellas otras funciones establecidas en la normativa universitaria.