COMISIÓN DE EVALUACIÓN, ORIENTACIÓN, SELECCIÓN Y MATRÍCULA

Miembros de la Comisión

Dr. César Corrales González, Coordinador

Dra. Natalia Ballestero Barquero

Dra. Isabel Ferreto Gutiérrez

Dra. Sonia Stradi Granados

Dra. Patricia Montealegre Quijano

Contacto: CEOSM.FO@ucr.ac.cr 

Funciones

 

La Comisión de Evaluación, Orientación, Selección y Matrícula (CEOSM) se encuentra integrada por docentes de la Facultad de Odontología, un representante nombrado por la Asociación de Estudiantes de Odontología (AEO), y cuenta con la colaboración de la Oficina de Asuntos Estudiantiles.

 

El Reglamento de Régimen Académico Estudiantil (art. 48) crea y define las competencias de la CEOSM como la encargada de:

1. Brindar orientación académica.

2. Buscar solución a los problemas presentados en torno a exámenes y a otros recursos de evaluación.

3. Velar por la reposición solicitada de exámenes y trabajos.

4. Fiscalizar los casos de estudiantes en condición de matrícula reducida y restringida.

5. Conocer y dictaminar, con la Unidad de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil correspondiente, sobre las solicitudes de interrupciones de estudio que la dirección someta a su consideración en el transcurso del ciclo lectivo.

6. Resolver sobre cualquier otro asunto referente a evaluación y orientación académica dentro del marco general.

7. Informar, en caso necesario, ante la autoridad correspondiente, de los casos de incumplimiento en la aplicación del Reglamento R gimen Académico Estudiantil por parte de los profesores.

8. Integrar tribunales de especialistas para solicitar su pronunciamiento sobre un determinado problema y apelaciones, en el término que la misma comisión les indique.

 

Según la Resolución VD-C-13-2010, se indica que además tiene como objetivos:

- Participar en los procesos de orientación académica, prematrícula y matrícula en íntima relación con la Dirección de su Unidad Académica y la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, con el apoyo de la Secretaría de la Unidad Académica.

- Fijar, en coordinación con la Vicerrectoría de Docencia y la Oficina de Registro e Información, los trámites para ingreso a la carrera.

- Apoyar en la solicitud de servicios de bienestar y salud universitaria (coordinación con la Oficina de Asuntos Estudiantiles, CASE y la Oficina de Bienestar y Salud).

- Confeccionar los horarios de los cursos de la Unidad Académica.

 

Además, la CEOSM trabaja en las siguientes acciones:

• Realizar los procesos de prematrícula y matrícula de los cursos de 20 y 40 semanas de V y VI a o de la malla curricular.

• Atender situaciones particulares de estudiantes que requieran trámites bajo el ámbito de esta comisión (adecuaciones curriculares, planes de acción individual, interrupciones de estudios, entre otras).

• Diagnóstico de necesidades estudiantiles (matrícula, orientación, salud mental, entre otras) en coordinación con la Comisión de Docencia.

• Realización de círculos de escucha: se trata de un espacio seguro para dialogar y escuchar las historias, preocupaciones e ilusiones de las personas que decidan acercarse a conversar.

• Realizar las inducciones de estudiantes de primer ingreso, feria vocacional y otras actividades en relación con la población estudiantil.

 

Los miembros docentes de la CEOSM se encargan de ser los  profesores consejeros, según los estipulado en los artículos 8 y 9 de Reglamento de Régimen Académico Estudiantil, con las siguientes funciones:

a) Discutir con el estudiante el plan de estudios de la carrera al iniciar el curso lectivo.

b) Orientar académicamente al estudiante y referirlo a las entidades que puedan brindarle ayuda técnica o profesional, cuando lo juzgue necesario.

c) Supervisar y autorizar la matrícula del estudiante, y la carga académica en que puede matricularse, en función de los requisitos que establece el plan de estudios aplicable y las necesidades académicas específicas del estudiante.

d) Contribuir en la definición y seguimiento de las acciones tendientes a mejorar la condición académica de los estudiantes, en condición de alerta y en condición crítica, con apoyo de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, por medio de las dependencias correspondientes.

e) Participar en las actividades del período de orientación académica y matrícula, según indicaciones de la dirección de su unidad académica o de las vicerrectorías correspondientes.

f) Aplicar los lineamientos e instrucciones que la Vicerrectoría de Vida Estudiantil promueve por medio de sus dependencias.

g) Reunirse con el estudiante cuando uno de los dos lo considere necesario.

h) Evaluar los resultados de los planes de acción individual que se aplican a estudiantes en condición académica de rezago.

i) Dar especial atención al avance académico de los estudiantes en condición académica crítica.

La carga académica para cada ciclo lectivo ser  definida, entre el profesor consejero y el estudiante. El profesor consejero proceder  a aprobar la carga académica. En caso de desacuerdo, o cuando el estudiante considere que se le imponen restricciones arbitrarias a su matrícula, podrá recurrir ante el director de la unidad académica a la que pertenece, quien deber  resolver su situación antes de que concluya el período ordinario de matrícula del ciclo correspondiente.